«Parent»November 16, 2018
«Addr1»RE: Excessive Absences or Tardies, SART 1
«Addr2» «StudentName» «PermNum»
Dear Parent/Guardian:
The objective of our school is to establish an educational environment that supports the learning and success of all our students. It is important thatyour childattend school every day so that your child may be as successful as possible.
Under Sections 48200 and 48260(a) of the California Education Code, attendance at school is mandatory. The State of California classifies any pupil as truant if the student is absent from school without valid excuse for three full days in one school year. The state also considers students who are tardy or absent without valid excuse for more than any thirty minute periodon three occasions, or any combination thereof, as truant. The law also requires that the truant student shall be reported to the attendance supervisor or to the superintendent of the school district.
In a recent review of attendance records, it was found that your child has been absent from School Name without valid excuse «ABSENCES» times since July 27, 2006.
We are required by Education Code Section 48260.5 to provide you with the information below regarding your child’s classification by the state as a truant.
We are very concerned with helping improve your child’s attendance and would like to meet with you. Please call me at if you have any questions about possible solutions that can be explored to correct this problem or if you have any questions about the accuracy of our attendance record.
Your cooperation in fulfilling your obligations to send your child to school is appreciated.
Sincerely,
Principal
Education Code Section 48260.5
Upon a pupil’s initial classification as a truant, the school district shall notify the pupil’s parent or guardian, by first-class mail or other reasonable means, of the following:
(a)That the pupil is truant.
(b)That the parent or guardian is obligated to compel the attendance of the pupil at school.
(c)That parents or guardians who fail to meet this obligation may be guilty of an infraction and subject to prosecution pursuant to Article 6 (commencing with Section 48290) of Chapter 2 of Part 27.
(d)That alternative educational programs are available in the district.
(e)That the parent or guardian has the right to meet with the appropriate school personnel to discuss solutions to the pupil’s truancy.
(f)That the pupil may be subject to prosecution under Section 48264.
(g)That the pupil may be subject to suspension, restriction, or delay of the pupil’s driving privilege pursuant to Section 13202.7 of the Vehicle Code.
(h)That it is recommended that the parent or guardian accompany the pupil to school and attend classes with the pupil for one day.
03/2007
««AddressBlock»»November 16, 2018
««AddressBlock»»RE: Faltas Excesivas o Retardos, SART 1
««AddressBlock»»«StudentName» «PermNum»
««GreetingLine»»Estimados Padres o Tutores:
El objetivo de nuestra escuela es establecer un ambiente educativo que impulse el aprendizaje y el éxito de todos nuestros estudiantes. Es importante quesu hijo(a) asista a la escuela todos los días, para que pueda alcanzar el mayor éxito posible.
Bajo la Sección 48200 y 48260 (a) del Código de Educación de California, la asistencia a la escuela es obligatoria. El estado de California identifica a cualquier estudiante, comovago, si el estudiante falta a la escuela sin una excusa valida por tres días completos en un año escolar. El estado también considera como vagos, a los estudiantes que tienen retardos o faltan por un periodo de más de 30 minutos durante tres veces y que no tengan una justificación valida, ya sea una combinación u otra. La ley también requiere que el estudiante que falté sin autorización debe ser reportado al Supervisor de Asistencia o al Superintendente del Distrito Escolar.
En la Revisión de Asistencia mas reciente, se encontró que su hijo(a),ha faltado a la escuela (name of school) sin una justificación valida. Su hijo(a) tiene «ABSENCES» faltas desde 07/27/06.
Nosotros tenemos la obligación de informarle que, de acuerdo al Código de Educación Sección 48260.5 su hijo(a) ha sido clasificado por el estado, como estudiante que falta sin autorización (vagancia). Nosotros estamos interesados en ayudar a que la asistencia de su hijo(a) mejore, por lo que nos gustaria reunirnos con usted. Si tiene alguna pregunta acerca de la(s) solución(es) posibles que pudieran ayudar a corregir este problema, o si usted tiene alguna pregunta sobre la veracidad de nuestros registros de asistencia, puede llamar al teléfono .
Apreciamos su cooperación en cumplir sus obligaciones de enviar a su hijo(a) a la escuela.
Sinceramente
Director
Código de Educación Sección 48260.5
Debido a que el estudiante ha sido inicialmente identificado que falta a la escuela sin justificación (vagancia), el distrito escolar deberá notificar a los padres o tutores del estudiante, por correo certificado u otra manera razonable de lo siguiente:
(a)Ya que el estudiante falta sin justificación.
(b)Ya que los padres o tutores están obligados a inducir al estudiante a la escuela.
(c)Ya que los padres o tutores que no cumplan esta obligación, pueden ser sujetos a una infracción y una acción tribunal del Artículo 6 (comenzando con la Seccion 48290) del Capitulo 2 de la parte 27.
(d)Ya que existen programas disponibles de Educación Alternativa en el Distrito.
(e)Ya que los Padres o Tutores tienen el derecho de reunirse con el personal escolar apropiado para platicar sobre soluciones a las faltas sin justificación (vagancia) del estudiante.
(f)Ya que el estudiante puede ser sujeto a una accion tribunal bajo la Seccion 48264.
(g)Ya que el estudiante pueda ser sujeto a suspensión, restricción o retraso en su privilegio de conducir un automóvil en la Seccion 13202.7 del Código de Vehículos.
(h)Ya que es recomendado que los padres o tutores acompañen al estudiante a la escuela un día y asistan con el (la) estudiante a clases por un día.
03/2007